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CNE publicó normas especiales para la acreditación de testigos electorales

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) publicó una nueva gaceta electoral, con fecha del 20 de junio, en donde se establecen las normas especiales para la acreditación de testigos de mesa de cara a los comicios del 28 de julio.

En el documento se indica que la acreditación de los testigos de hará de forma automatizada por medio de una plataforma en la página web del CNE, al igual que aquellos partidos que postularon candidatos deberán consignar por escrito el listado de los autorizados para ejercer este rol; documento que deben entregar antes del 27 de junio.

«Solo se permitirá la designación de un autorizado o autorizada a nivel nacional y un máximo de tres autorizados o autorizadas a nivel regional en cada entidad por cada una de las organizaciones con fines políticos participantes», dice el texto en su artículo 2.

Por su parte, el periodista especializado en la fuente electoral, Eugenio Martínez, advirtió en X que dicha normativa la modificó el CNE y hace énfasis en el artículo siete, ya que a su juicio condicionaría el accionar de los testigos de mesa.

«Limitar la acreditación de testigos al centro en donde votan NO es un requisito taxativo de la ley y es la primera vez que se solicita», refiere Martínez.

Advierte que la Plataforma Unitaria pudiera perder hasta el 40% de los testigos que ya habían conseguido para las elecciones del 28 de julio, ya que muchos se comprometieron a trabajar en un centro distinto al que votan.

Con información de UR

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