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Seniat establece uso obligatorio del RIF en piezas publicitarias para redes sociales

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El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) oficializó nuevos requerimientos tributarios para la difusión de contenidos comerciales digitales en Venezuela. De acuerdo con la Providencia Administrativa SNAT/2026/00080, publicada en la Gaceta Oficial número 43.435 con fecha 12 de agosto de 2026, las personas naturales y jurídicas que ejecuten campañas o anuncios a través de medios masivos y plataformas como Instagram o Facebook deberán exhibir obligatoriamente el número de Registro Único de Información Fiscal (RIF) del anunciante.

La normativa especifica que el código de identificación tributaria debe incorporarse de manera visible y legible en la pieza o diseño gráfico, aunque permite integrarlo de forma discreta para evitar alterar la composición visual o el mensaje principal. Con este ajuste operativo, el organismo recaudador busca formalizar la fiscalización sobre el comercio electrónico y las actividades publicitarias en entornos digitales, al tiempo que introduce modificaciones en los procedimientos regulares para los contribuyentes del país.

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